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Bilateralismo, Multilateralismo, Plurilateralismo: Complementarios o Excluyentes en los nuevos temas

En la actualidad, los Acuerdos Bilaterales, Plurilaterales y Multilaterales en el ámbito de las relaciones internacionales juegan un papel sumamente relevante.

Hoy en día, vivimos en un mundo globalizado, lo que implica que los países se encuentran interrelacionados y esto se puede desarrollar en cualquier área, tales como: economía, cultura, política, comercio, entre otros, y cada vez más, los países y las instituciones buscan vincularse de diversas formas, lo cual depende del tipo de acuerdo firmado o de los organismos que participen. Ante esta premisa, se puede afirmar que existen acuerdos bilaterales, multilaterales y plurilaterales, los cuales en la actualidad son de vital importancia dentro de las relaciones internacionales, ya que por medio de estos se establecen términos y condiciones por medio de lineamientos a seguir en las negociaciones, en temas como: comercio, inmigración, cambio climático, entre otros. Estos acuerdos permiten que se eliminen barreras arancelarias y no arancelarias entre dos o más países, lo que posibilita un incremento en la eficiencia económica, al volverlos competitivos por medio de la mejora de los accesos a mercados para las exportaciones y fortalecer lazos políticos por parte de los países firmantes de los acuerdos.


Es precisamente de gran relevancia este tema dentro de las negociaciones actuales entre los países, por lo que surgen los cuestionamientos sobre si el bilateralismo, el multilateralismo y el plurilateralismo ¿son complementarios o excluyentes? Para dar respuesta a esta pregunta, se desarrollarán los puntos siguientes: Historia relacionada a estos conceptos, diferentes posturas sobre éstos, las relaciones entre los diferentes tipos de acuerdos y las ventajas de cada uno; pero se anticipa que considerando lo anterior, y a pesar de que existen puntos de vista contrarios, se puede sostener que éstos acuerdos de negociación son complementarios.


Historia de los Acuerdos


Desde los siglos XVII y XVIII, “existían ilustres pensadores y filósofos como Tomás Hobbes, Hugo Grocioe Immanuel Kant entre otros, que formulaban preguntas sobre la problemática de cómo establecer la paz y la forma para garantizarla a través de una “Sociedad de Estados” ”[1]. Ellos planteaban la necesidad de que los Estados se integraran y se relacionaran las naciones, manteniendo relaciones de reciprocidad que garantizaran la paz. Esta corriente de pensamiento puede entenderse como una primera noción del multilateralismo.


Se puede sostener que, en la historia moderna, los países han asegurado y reforzado sus relaciones comerciales mediante diferentes acuerdos, los cuales pueden ser bilaterales, cuando hacen referencia a “tratados entre dos países, por lo general son denominaciones para acuerdos económicos y de acuerdos que incluya la participación de los países en cuestión. Son contratos vinculantes entre dos partes que aceptan y acuerdan términos y condiciones al respecto de algo”.[2]


Otro tipo de acuerdos vigentes son los multilaterales, que hacen referencia a “Acuerdos concertados dentro del marco jurídico institucional de la OMC, que son aceptados y de carácter obligatorio para todos los países miembros de este organismo multilateral. Estos acuerdos, son los pilares sobre los que se basa la organización”[3]. Dentro de la OMC se impone el principio de no discriminación, llamado “nación más favorecida” (NFM), la cual permite que todos los países obtengan beneficios comerciales. Es decir que, si a un país se le concede alguna ventaja especial, se debe aplicar también al resto de países miembros de la OMC.


Y finalmente, los plurilaterales que “tras la Ronda Uruguay quedaron cuatro Acuerdos, negociados originalmente en la Ronda de Tokio, cuyo número de signatarios era más reducido y a los que se denomina “acuerdos plurilaterales”[4]. Estos últimos, hacen referencia a acuerdos sobre comercio de aeronaves civiles, contratación pública, productos lácteos y carne de bovino.


A lo largo del tiempo, la tendencia indica que “en primer lugar, la cooperación comercial internacional es, en términos generales, más amplia y más incluyente, con un mayor número de países que suscriben acuerdos vinculantes y un mayor número de normas que se consolidan en la estructura cada vez más universal de la Organización Mundial del Comercio (OMC). En segundo término, los acuerdos comerciales son “más profundos” y “más amplios”, y abarcan un mayor número de aspectos, como el comercio de servicios, la inversión extranjera, la propiedad intelectual y la contratación pública, lo que se explica por la integración cada vez mayor de la economía mundial y por la creciente “globalización” de políticas que antes se consideraban nacionales. En tercer lugar, y lo que es más significativo, el comercio mundial ha evolucionado en los últimos decenios y es cada vez más abierto y menos discriminatorio, con el resultado paradójico de que continúan proliferando los acuerdos bilaterales y regionales preferenciales, aun cuando esté disminuyendo la importancia de las preferencias, lo que indica que los países tienen otros motivos, además del acceso a los mercados, para concertar ese tipo de acuerdos”[5].


Se ha observado que, en períodos de contracción económica e inestabilidad geopolítica, se tiene una tendencia a establecer acuerdos comerciales con menor apertura al exterior. “Por ejemplo, la depresión económica de los primeros años del decenio de 1870 puso fin a la rápida expansión de la red de tratados comerciales bilaterales que se había ido formando en Europa, del mismo modo que la “Gran Depresión” de comienzos de los años treinta contribuyó a la creación de bloques comerciales defensivos y enfrentados entre sí en el período de entreguerras”[6]. Por el contrario, en períodos de expansión económica y paz mundial, se busca establecer un orden comercial más abierto. “El ejemplo más destacado es la creación del GATT “multilateral” en el período de posguerra como respuesta a los bloques comerciales restrictivos y discriminatorios de los años treinta, que habían agravado la depresión económica y contribuido al estallido de la Segunda Guerra Mundial”[7].


Tomando en consideración la evolución de cómo se han desarrollado los acuerdos, algunos sostienen que en la actualidad se ha marcado el debilitamiento del compromiso internacional con el multilateralismo y anuncia el retorno hacia un comercio mundial más fragmentado. Otros creen que es parte del modelo establecido desde la Segunda Guerra Mundial, en el que los acuerdos bilaterales y regionales constituyen una vía para un proceso “más rápido” y “más profundo” de establecimiento de normas que el espacio más amplio de la OMC, que luego fomenta el progreso en el sistema multilateral, y que ofrece un enfoque coherente, y no conflictivo, para la gestión de un comercio mundial más integrado”[8].


Se sostiene que “esta “oleada” más reciente de regionalismo abarca una red mucho más amplia de participantes – comprendiendo iniciativas bilaterales, plurilaterales e interregionales – y a países con distintos niveles de desarrollo económico, incluyendo alianzas entre “países desarrollados y desarrollados”, entre “países en desarrollo y en desarrollo” y entre “países desarrollados y en desarrollo”. Aunque estos nuevos acuerdos, como los acuerdos comerciales preferenciales anteriores, también comprenden reducciones arancelarias preferenciales, conceden aún más atención a cuestiones que van más allá de la OMC, como los servicios, las corrientes de capital, las normas, la propiedad intelectual, los sistemas de reglamentación (que en muchos casos son no discriminatorios) y compromisos sobre aspectos laborales y ambientales”[9].


Diferentes posturas sobre los Acuerdos


Existen diferentes posturas relacionadas a la pregunta que se desea responder en el presente ensayo. Por ejemplo, quienes se encuentran a favor de que “los acuerdos plurilaterales o regionales son un complemento del multilateralismo que se puede defender o bien como una forma de “geometría variable”, dentro de la OMC, o, si se producen fuera, pueden ser un precedente útil para acuerdos multilaterales”[10]. Esta postura demuestra la importancia que pueden tener los acuerdos que se generan con menor cantidad de participantes, tal es el caso de los bilaterales y plurilaterales, ya que estos pueden servir de base para generar acuerdos de negociación comunes para todos los países miembros.


En cambio, los que no se encuentran a favor “consideran que son alternativas a un acuerdo multilateral que hacen que el plan A de liberalización multilateral, sea menos alcanzable si cada país tiene su propio plan B, y estas alternativas también hacen menos probable que los temas que exigen un enfoque multilateral (en especial las subvenciones a la producción agrícola) se aborden efectivamente”[11].


Así mismo, dentro de la OMC, existe mucha oposición sobre las negociaciones plurilaterales, ya que presenta ambivalencia con las normas, pues indica “en el párrafo 3 del artículo II del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (Acuerdo sobre la OMC), en el que se establece que los acuerdos plurilaterales forman parte del Acuerdo global “para los Miembros que los hayan aceptado, y son vinculantes para estos”, pero en el mismo artículo se establece que estos acuerdos “no crean obligaciones ni derechos para los Miembros que no los hayan aceptado”. Sin embargo, se hace una aclaración en cuanto a las disciplinas existentes, ya que en estas deben intervenir todos los miembros de OMC de principio a fin; pero en el caso de temas nuevos se defienden “los acuerdos “plurilaterales plus”, en los que “las ventajas se extenderían a todos los Miembros de la OMC, mientras que sus obligaciones solo corresponderían a los Miembros iniciales de los acuerdos y a los que se adhirieran posteriormente”[12].


Relaciones entre los diferentes acuerdos


Al comprender esas posturas opuestas, sin ser gran analista, se constata que la relación entre el multilateralismo y el plurilateralismo no es tan simple, sino por el contrario, es muy compleja. A veces, la forma de abordar y comprender un tema dentro el multilateralismo y el plurilateralismo, podría presentar a primera vista opciones radicalmente opuestas; pero, al fin de cuenta, eso da espacio para apreciar las ideas distintas entre las opciones.


A propósito del bilateralismo y del multilateralismo, en la cláusula de NMF, el GATT tenía pretensión de ir más allá del bilateralismo considerándolo como un antiguo sistema, que en el fin del siglo XX fue muy contrapuesto al multilateralismo a la vista de algunos. Desde 1950, la remontada del comercio mundial fue atribuible a la regulación del comercio dentro el sistema GATT-OMC. Sin embargo, “la firma de acuerdos regionales y bilaterales se ha acelerado durante las últimas décadas”[13]. Eso no quiere decir que ha resuelto el problema, ¿por qué? El autor, Ethierhizo un análisis, en el cual estableció que “la proliferación de este tipo de acuerdos plantea un nuevo dilema, el de su papel en el comercio mundial, es decir, si son un paso adelante en la liberalización del comercio o un freno a la liberalización multilateral en busca de la configuración de bloques regionales (Ethier, 1998; Panagariya, 2000). Por una parte, se considera que los acuerdos bilaterales y regionales constituyen un paso más allá de los acuerdos de la OMC hacia la liberalización del comercio mundial y que estos avanzan a una mayor velocidad y son más sencillos de negociar pues involucra menos países y se tocan temas más concretos. Es por esto que se considera que este tipo de acuerdos pueden servir de base para generar una estrategia más amplia, que involucre a una mayor cantidad de países, tal es el caso del plurilateralismo y el multilateralismo.


Sin embargo, parece que a nivel Internacional existe un relativo consenso de que el multilateralismo es el camino correcto, pues permite una expansión comercial muy amplia y de forma simultánea, aunque lograr acuerdos es mucho más lento. Así es, se puede decir que es una ley de la vida, nada ni nadie pueden ser perfecto, es por eso que siempre existen ideas opuestas. De lo anterior, se puede sostener que estos tipos de acuerdos, son partes de los temas nuevos de procesos de negociación para el avance del comercio mundial.


Ventajas de cada tipo de Acuerdo


En cuanto a los acuerdos bilaterales, una de sus ventajas es que genera un aumento del comercio de una forma sencilla, pues es menos difícil lograr acuerdos cuando son pocos los involucrados en la negociación, por lo que se puede ahorrar tiempo en este proceso. Ya que cuando existen muchos actores involucrados, es más complicado alcanzar acuerdos, ya que todos tienen intereses distintos y buscan alcanzar sus propios objetivos. Aunque se puede pensar que el multilateralismo es el ideal, muchos países prefieren los acuerdos bilaterales porque presenta menos dificultades dentro de la negociación.


Las ventajas relacionadas al multilateralismo, se pueden observar por ejemplo en el tema de la negociación, ya que pueden unirse varios países pequeños con intereses comunes para conseguir beneficios que de forma aislada no obtendrían y además para alcanzar mayor eficiencia en la producción a nivel mundial. Por otro lado, debemos recordar que los acuerdos alcanzados dentro de la OMC, deben ser acatados por todos los miembros.


Con respecto al plurilateralismo, tal como se mencionó en el párrafo anterior, el hecho de unirse varios países con un objetivo común permite alcanzar acuerdos superiores. Es decir, si varios países se unen para lograr un acuerdo de forma plurilateral, se puede tomar esto de base para llegar a alcanzar un acuerdo superior, es decir a nivel multilateral.


Conclusión


Luego de tener elementos suficientes relacionados a los acuerdos bilaterales, multilaterales y plurilaterales, se puede concluir que estos definitivamente no son excluyentes, sino por el contrario, pueden llegar a complementarse cuando más países se sumen, por ejemplo, a los acuerdos bilaterales y plurilaterales. Los cuales podrían llegar a ser hasta multilaterales si todos los países miembros del Organismo logran ponerse de acuerdo.


Sería imposible, en este siglo XXI que la economía internacional funcionara en un sistema único. No hay duda sobre eso, de manera singular, cada país tiene sus intereses propios; pero, hoy en día el mundo está globalizado y esta globalización es muy variable. En este sentido, es difícil eliminar uno de estos tres conceptos, ya sea el bilateralismo, el multilateralismo o el plurilateralismo dentro de los temas de negociación. En materia de relaciones internacionales, lo más importante es el interés, según la teoría realista los Estados no se preocupan de nada más que sus intereses. Entonces, en algún momento, el bilateralismo le conviene a un Estado, y por el contrario a otro, el multilateralismo, de igual manera podría ser también el plurilateralismo. De este modo, en el ámbito internacional, principalmente en las relaciones entre los países siempre estos conceptos van a estar presentes.


Desde hace varios siglos, se ha intentado alcanzar acuerdos a nivel global, pero estos son difíciles ya que cada país o bloque tiene sus propios puntos de vistay objetivos de negociación. Es por esto, que muchos optan por la implementación de acuerdos bilaterales o regionales porque es mássencilla su negociación. Desde la ronda de Uruguay, se han implementado acuerdos en temas específicos que son firmados por varios de los países integrantes de la OMC, pero no por todos (acuerdos plurilaterales).Se considera que estos tipos de acuerdos, pueden servir de base para alcanzar acuerdos superiores a nivel general, por lo que en realidad son complementarios entre sí. En este caso, la exclusión no podría existir vía el contexto en el cual que el mundo está relacionado. Decir que estos tipos de acuerdo son excluyentes es como negar la realidad del momento.




Bibliografía

  • ETHIER, W. (1998): The new Regionalism. EconomicJournal, Julio. Págs. 1149-1161.

  • PANAGARIYA, A. (2000): PreferentialTradeLiberalization; The tradicional theory and new developments. Journal of EconomicLiterature, junio. Págs. 287-331.

  • http://publicaciones.libertadores.edu.co/index.php/ViaIuris/article/viewFile/380/pdf_4, consultado el 12 de abril de 2017.

  • https://prezi.com/9pmspoatlnka/acuerdos-bilaterales-y-multilaterales/, consultado el 15 de abril de 2017.

  • http://www.revistasice.info/cachepdf/BICE_2880_41-56__B7B0CCAFCB7C4818FC760D66E5D1C469.pdf, consultado el 15 de abril de 2017.

  • https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/wtr11-2b_s.pdf, consultado el 14 de abril de 2017.

  • https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/historywto_15_s.pdf, consultado el 15 de abril de 2017.

  • https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm10_s.htm,consultado el 14 de abril de 2017.




Notas al pie de página:


[1]http://publicaciones.libertadores.edu.co/index.php/ViaIuris/article/viewFile/380/pdf_4


[2]https://prezi.com/9pmspoatlnka/acuerdos-bilaterales-y-multilaterales/


[3] Ídem.


[4]https://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm10_s.htm



[5]https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/wtr11-2b_s.pdfPág. 48


[6] Ídem.


[7] Ídem.


[8] Ídem.


[9]https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/anrep_s/wtr11-2b_s.pdf (Pág. 53).


[10] Ídem.


[11] Ídem.


[12]https://www.wto.org/spanish/res_s/booksp_s/historywto_15_s.pdf


[13]http://www.revistasice.info/cachepdf/BICE_2880_41-56__B7B0CCAFCB7C4818FC760D66E5D1C469.pdf

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